No al la Orden de Detención Europea
Explicaciones de voto - Miércoles 15 de marzo de 2006 - Estrasburgo
Tobias Pflüger (GUE/NGL), por escrito. (DE) Resulta bastante incomprensible que el informe Hazan, tal como ha sido aprobado hoy por una amplia mayoría de esta Cámara, demuestre tanto entusiasmo por la Orden de Detención Europea. Lo más cuestionable es que recomienda que no se obligue al juez que ejecute la orden «a verificar sistemáticamente la conformidad con los derechos fundamentales». En otros aspectos también procura eliminar el control por parte de los jueces. Esta decisión conduce a Europa un poco más lejos por el mal camino de la oposición a los derechos fundamentales. Si las decisiones –se tomen o no a través de los tribunales– tienen que ser reconocidas mutuamente cuando no existen normas uniformes, entonces los derechos fundamentales en la Unión Europea saldrán perdiendo. El hecho es que el acusado corre el riesgo de quedar destrozado en la maquinaria de sistemas de Derecho penal totalmente diferentes que hay en la Unión Europea.
En este informe no se menciona ni una sola vez el hecho de que los intentos de los Estados individuales –como Alemania– de incorporar la Orden de Detención Europea en su legislación han sido rechazados por sus tribunales constitucionales debido a su clara inconstitucionalidad. A pesar de ello, se sigue pidiendo a los Estados miembros que «adopten, en el plazo más breve posible, las medidas que se impongan para eliminar los posibles obstáculos constitucionales o jurídicos que pudieran existir en relación con la aplicación de la Orden de Detención Europea a sus nacionales». Esto significa ni más ni menos que se pide a los legisladores alemanes que violen su propia constitución a fin de permitir que se aplique la Orden de Detención Europea.
Tobias Pflüger (GUE/NGL), por escrito. (DE) Resulta bastante incomprensible que el informe Hazan, tal como ha sido aprobado hoy por una amplia mayoría de esta Cámara, demuestre tanto entusiasmo por la Orden de Detención Europea. Lo más cuestionable es que recomienda que no se obligue al juez que ejecute la orden «a verificar sistemáticamente la conformidad con los derechos fundamentales». En otros aspectos también procura eliminar el control por parte de los jueces. Esta decisión conduce a Europa un poco más lejos por el mal camino de la oposición a los derechos fundamentales. Si las decisiones –se tomen o no a través de los tribunales– tienen que ser reconocidas mutuamente cuando no existen normas uniformes, entonces los derechos fundamentales en la Unión Europea saldrán perdiendo. El hecho es que el acusado corre el riesgo de quedar destrozado en la maquinaria de sistemas de Derecho penal totalmente diferentes que hay en la Unión Europea.
En este informe no se menciona ni una sola vez el hecho de que los intentos de los Estados individuales –como Alemania– de incorporar la Orden de Detención Europea en su legislación han sido rechazados por sus tribunales constitucionales debido a su clara inconstitucionalidad. A pesar de ello, se sigue pidiendo a los Estados miembros que «adopten, en el plazo más breve posible, las medidas que se impongan para eliminar los posibles obstáculos constitucionales o jurídicos que pudieran existir en relación con la aplicación de la Orden de Detención Europea a sus nacionales». Esto significa ni más ni menos que se pide a los legisladores alemanes que violen su propia constitución a fin de permitir que se aplique la Orden de Detención Europea.
Tobias Pflüger - 2006/07/10 14:45
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