Asunto: Proyecto "Desarrollo Social Integrado y Sostenible" (PRODESIS)

PREGUNTA ESCRITA de Tobias Pflüger (GUE/NGL) a la Comisión

18 de julio de 2005 P-2769/05

Asunto: Proyecto "Desarrollo Social Integrado y Sostenible" (PRODESIS) en la selva Lacandona (referencia ALA/B7-310/2003/5756)

El proyecto PRODESIS se inició en enero de 2004 y está financiado por el Gobierno del Estado mexicano de Chiapas (16 millones de euros) y la UE (15 millones de euros). Está dirigido a 16 microregiones fronterizas con la reserva de la biosfera "Montes Azules" o que forman parte de ella. Este proyecto está considerado como un instrumento para luchar contra la pobreza basado en la capacitación de los agentes regionales, la planificación y la ejecución de proyectos de desarrollo. Según distintas informaciones publicadas en la prensa y mis propias investigaciones realizadas in situ, la población indígena y los campesinos que viven en el territorio de la selva Lacandona no recibieron información previa suficiente sobre el proyecto y su grado de intervención en la planificación del mismo fue insuficiente. Según informaciones facilitadas por organizaciones de defensa de los derechos humanos europeas y mexicanas, con la financiación del proyecto la Comisión corre el peligro de prestar ayuda a la lucha contra la insurgencia en el contexto de la "guerra de baja intensidad" y de aumentar las tensiones socioeconómicas entre los municipios, ya que son sólo algunos los grupos de población que se benefician del proyecto. En términos generales, en lo que se refiere a este proyecto, no se ha realizado un análisis básico de los conflictos ni se han llevado a cabo los correspondientes estudios de viabilidad en el territorio de la selva Lacandona, que es extremadamente conflictivo.

¿De que datos dispone la Comisión en relación con la situación actual del proyecto PRODESIS? ¿Cuáles son los aspectos del proyectos que se han realizado ya? ¿En qué lugares?

¿Qué porcentaje del importe total de 15 millones de euros ha librado ya la UE en favor del proyecto? ¿Para qué fines exactamente se han utilizado ya estos fondos?

De conformidad con el artículo 7 del Convenio 169 de la OIT hay que consultar a los pueblos indígenas interesados antes de realizar cualquier tipo de proyecto en sus territorios.

¿Cuándo se aplicó el artículo 7 del Convenio 169 en relación con PRODESIS? ¿Cuáles son los mecanismos concretos en la materia?

Lengua original de la pregunta: DE
Pregunta todavia no publicada en el DO

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